AUTOCERTIFICACION DE ORIGEN PARA EXPORTAR A EUROPA: UE, EFTA y UK

FACILITACIÓN DE LA CERTIFICACION DE ORIGEN EN  EXPORTACIONES A EUROPA: LA AUTODECLARACION DE ORIGEN EN FACTURA

De conformidad con su objetivo estatutario, la Fundación PROTRADE.EC coordinó con la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE)  una gestión con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Industrialización y Pesca (MPCEIP) y el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), en sus calidades de máximas autoridades del Comité Nacional de Facilitación del Comercio, la reforma del  Reglamento para Exportadores Autorizados  (ver aquí) para facilitar la certificación de origen al exportador frecuente al mercado de Europa.

Así el Ecuador aplicará -con retraso- las disposiciones en materia de «Declaración de Origen en Factura» establecidas en los recientes Acuerdos Comerciales suscritos por el Ecuador con la Unión Europea(UE), Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA) y Reino Unido (UK) respectivamente, que evitan al Exportador Autorizado la tramitología y costos de tramitar Certificados de Origen en el MPCEIP, evitando el correspondiente sobrecosto y demoras burocráticas.

Este Reglamento se alinea con el Decreto Ejecutivo No. 68 que declara política pública prioritaria la facilitación del comercio y de la producción, la simplificación de trámites y la agenda de competitividad, así como con las reformas introducidas al Código Orgánico para la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) mediante la «Ley Orgánica para el Desarrollo Economico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19» vigente desde su publicación en el R.O. No. 587 de 29.X.2021.

Esta propuesta se basó en el hecho de que la Constitución de la República establece en el Art. 425 “que el orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; …” por lo que el Ecuador debió proceder a la inmediata adopción de esta medida de facilitación de las exportaciones, evitando que se mantenga este sobrecosto cuya vigencia no tiene justificación.  

Así, es imperativo que el Ecuador se equipare con Colombia y Perú, que ya aplican este beneficio a sus exportadores a Europa, al igual que lo hacen los veintisiete (27) Estados Miembros de la UE, cuatro (4) Estados Miembros del EFTA y los dos (2) países que conforman el Reino Unido (UK), cuyas empresas exportadores presentan las correspondientes Declaraciones en Factura que son aceptadas por las Aduanas del país importador.

En síntesis, próximamente se elaborará una nueva propuesta de reforma para facilitar estos trámites de exportación bajo los esquemas UE, EFTA y el Reino Unido (UK), constituido en un mercado que representa el 21% de las exportaciones, en medio de esta crisis de globalización con que ha iniciado el 2025.